BALEARES
LOS CONTRIBUYENTES BALEARES PUEDEN DEDUCIRSE LOS GASTOS DE LIBROS DE TEXTO EN SU IRPF
Según explican los asesores fiscales, las familias que lleven a sus hijos a la guardería pagarán hasta 600 euros anuales menos en su declaración de IRPF
presscode.es 24/09/2021 - 08:44:45

LOS CONTRIBUYENTES BALEARES PUEDEN DEDUCIRSE LOS GASTOS DE LIBROS DE TEXTO EN SU IRPF


Además, según explican los asesores fiscales, las familias que lleven a sus hijos a la guardería pagarán hasta 600 euros anuales menos en su declaración de IRPF


La vuelta al cole conlleva una serie de gastos para las familias; sin embargo, hay que saber que existen deducciones aplicables en el IRPF, según AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales.


En Baleares son deducibles el 100% de los gastos de libros de texto del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos de formación profesional específica.


Los requisitos que aplican son los siguientes:

  • Que se trate de hijos que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.

  • Que la base imponible total no supere el importe de 25.000 euros en el caso de tributación conjunta y de 12.500 euros en el de tributación individual.

  • Justificación documental, mediante las facturas o los correspondientes documentos equivalentes, que habrán de mantenerse a disposición de la Administración tributaria.

  • Si los hijos conviven con ambos padres y estos optan por la tributación individual, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.


El límite máximo de la cuantía deducible dependerá de si se trata de una declaración conjunta o individual.


Además, las familias de esta comunidad pueden presentar en sus declaraciones de IRPF la inversión en el aprendizaje de idiomas para deducir el 15% de ese gasto hasta un límite de 100 € por cada hijo con arreglo a los siguientes requisitos:


  • Que se trate de hijos que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.

  • Que la base imponible total no supere el importe de 25.000 euros en el caso de tributación conjunta y de 12.500 euros en el de tributación individual.

  • Justificación documental, mediante las facturas o los correspondientes documentos equivalentes, que habrán de mantenerse a disposición de la Administración tributaria.

  • Si los hijos conviven con ambos padres y estos optan por la tributación individual, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

Tal y como recoge AEDAF en su informe, se contempla una deducción de 1.500 € por cada descendiente que dependa económicamente del contribuyente y curse estudios superiores fuera de la isla en que resida, con un límite del 50% de la cuota íntegra. La cuantía de la deducción será de 1.600 € para los contribuyentes con una base imponible total inferior a 18.000 € en tributación individual o a 30.000 € en tributación conjunta.


Los requisitos son:

  • Que los estudios completen un curso académico o un mínimo de 30 créditos.

  • Que no haya oferta educativa pública en la isla de residencia, diferente a la virtual o a distancia, para realizar los estudios que determinen el traslado a otro lugar para cursarlos.

  • Que la base imponible total del contribuyente no sea superior a 30.000 € en tributación individual o a 48.000 € en tributación conjunta.

  • Que el descendiente que genera el derecho a deducción no obtenga durante el ejercicio rentas superiores a 8.000 €.


Por último, las familias podrán también deducirse los gastos relativos a los hijos por motivos de conciliación. Así, los gastos de guardería, custodia, comedor o actividades extraescolares son deducibles en un 40% hasta los 600 euros.

Requisitos:

  • Que los contribuyentes desarrollen actividades por cuenta propia o ajena que generen rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

  • Que la base imponible total no sea superior a 30.000 € en tributación individual o a 48.000 € en tributación conjunta.

  • Que las cantidades se satisfagan mediante tarjeta de crédito o de débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta de entidades de crédito.


En el supuesto de deducción de los gastos de la contratación de una persona empleada, esta tiene que estar dada de alta en el régimen especial para empleados del hogar de la Seguridad Social.

 

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