Plan Local de Prevención de Residuos de Manacor
Aprobación definitiva Plan Local de Prevención de Residuos de Manacor sin ninguna aportación o alegaciones por parte de las asociaciones
Se han incorporado al texto del Pla todas las recomendaciones y sugerencias relativas al lenguaje inclusivo contenidos al informe del Instituto Balear de la Mujer de fecha 29 de septiembre de 2021
AGENCIA MANACORNOTICIAS 20/01/2022 - 09:03:24
En el supuesto de que, transcurrido el plazo no se haya presentado ninguna reclamación, se entenderá definitivamente aprobado, de forma automática, sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso, el acuerdo provisional adoptado.

AYUNTAMIENTO DE MANACOR. Núm. 23379. Aprobación definitiva Plan Local de Prevención de Residuos de Manacor. El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 12 de julio de 2021 acordó aprobar provisionalmente el Plan local de Prevención de Residuos de Manacor, en los siguientes términos: «Acuerdo: Aprobar inicialmente el Plan Local de Prevención de Residuos de Manacor que se adjunta como anexo.

Solicitar al “Institut Balear de la Dona” de conformidad con el artículo 7.g de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, de la mujer, y el art. 5 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, el informe de evaluación de impacto de género respecto a la mencionada normativa, incorporándose las sugerencias que se formulen al texto de la normativa con carácter previo a la aprobación definitiva.

En fecha 21 de septiembre de 2021 se procedió a dar audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en su ámbito territorial que estén inscritas en el registro municipal

Exponer por un plazo de 30 días hábiles el acuerdo de aprobación provisional, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento a los efectos que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Dar audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en su ámbito territorial que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales y que sus finalidades guarden relación directa con el objeto de la disposición.

En el supuesto de que, transcurrido el plazo no se haya presentado ninguna reclamación, se entenderá definitivamente aprobado, de forma automática, sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso, el acuerdo provisional adoptado.

Aprobado definitivamente el presente Plan, comunicar el acuerdo con una copia del texto al Gobierno de las Illes Balears, al Consell de Mallorca y a la Delegación del Gobierno a los efectos previstos en el artículo 113 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears y transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde su recepción por los mencionados organismos, publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro en el Boletín Oficial de las Illes Balears. El texto entrará en vigor el día de esta publicación.

Finalizadas las intervenciones, se somete a votación y el Pleno acuerda por unanimidad aprobar la propuesta anteriormente transcrita". Dicho acuerdo fue publicado en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica en fecha 27 de julio de 2021 y en el BOIB n.º 99 de fecha 24 de julio.

En fecha 21 de septiembre de 2021 se procedió a dar audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en su ámbito territorial que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales y que sus finalidades guarden relación directa con el objeto de la disposición. No se ha recibido ningún comentario, aportación o alegación por parte de las asociaciones.

Se han incorporado al texto del Pla todas las recomendaciones y sugerencias relativas al lenguaje inclusivo contenidos al informe del Instituto Balear de la Mujer de fecha 29 de septiembre de 2021, que considera que la norma es neutra de género, y no incidirá en las diferencias entre mujeres y hombres, por lo cual se puede elevar a definitivo sin más trámite.

Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan interpuesto reclamaciones, el referido acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

El Plan Local de Prevención de Residuos de Manacor entrará en vigor el día de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro en el Boletín Oficial de las Illes Balears, una vez transcurridos 15 días hábiles desde la comunicación del acuerdo con una copia del texto al Gobierno de las Illes Balears, al Consell de Mallorca y a la Delegación del Gobierno a los efectos previstos en el artículo 113 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears. Manacor, 13 de enero de 2022. El alcalde, Miquel Oliver Gomila.

¿Te ha parecido interesante la noticia?

 Sí  No
Reciente
Visto
Comentado