Para mejorar la integración paisajística se mantendrán en la medida de lo posible
Acuerdo Medio Ambiente: Se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del Parque Fotovoltaico Son Vivot de Inca (32.910 paneles solares)
Respecto a los elementos arbóreos existentes, trasplantar en la medida de lo posible los árboles existentes más viables en las nuevas barreras perimetrales o en las áreas de las parcelas no dedicadas al parque fotovoltaico.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 09/05/2024 - 09:04:31
Se prohíbe la quema de rastrojos y restos de vegetación que puedan generarse durante los desbroces en las diferentes fases del proyecto (construcción y explotación). Los restos vegetales deberán llevarse a instalaciones

Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre el "Parque fotovoltaico Son Vivot, polígono 7, parcelas 235, 659 y 690, TM de Inca, (Exp 144A-2023). CONCLUSIÓN. Por todo, se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del Parque Fotovoltaico Son Vivot, polígono 7, parcela 235, 659 y 690, del termino municipal de Inca.

Promovido por ENEL GREEN POWER ESPAÑA S.L., dado que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas correctoras y preventivas previstas en el Estudio de Impacto Ambiental firmado por Sr. Daniel Ramon en representación de Podarcis Consultores y Auditores en septiembre de 2022, y la memoria agronómica emitida por el ingeniero agrícola. Antoni Sans Canellas, colegiado núm. 2569 del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Levante, y los siguientes condicionantes:

Asimismo, se plantará el mismo número de árboles que se hayan eliminado, en el resto de hectáreas. En el seguimiento del plan de vigilancia ambiental se concretará la descripción de las medidas llevadas a cabo en este sentido.

Antes de la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo, y con un plazo inferior a seis meses, el promotor deberá remitir al órgano sustantivo y a la CMAIB un Plan de Vigilancia actualizado que deberá incluir y presupuestar los condicionantes incluidos en la presente Declaración de Impacto Ambiental.

En la fase de obras, durante la realización de las zanjas, se deben tomar medidas para evitar la caída accidental de fauna, por lo que, si éstas deben permanecer abiertas fuera de la jornada laboral , se dispondrán de listones para permitir su salida y se harán redadas diarias para liberar a los animales que hayan podido caer. Asimismo, en la fase de obras, las zanjas se ejecutarán por tramos, minimizando el tiempo entre apertura y cierre. El control de plagas (insectos, lagomorfos o roedores) se realizará por medios mecánicos, biológicos o bien con productos aptos en agricultura ecológica.

Tanto la fase de construcción como la fase de desmantelamiento deben realizarse fuera de la época de reproducción de las aves que están presentes. Es decir, deberían realizarse preferentemente en el período comprendido entre septiembre y marzo y las actividades de desbroce entre septiembre y enero.

Se realizarán inspecciones visuales dentro de las parcelas de forma periódica, al menos una vez a la semana, para revisar la presencia de posibles animales heridos o muertos. En el caso de encontrarse un animal muerto o herido y que sea una especie catalogada o protegida, o en caso de duda, deberá avisarse al 112 a los agentes de medio ambiente del Govern Balear. En caso de que sea un cadáver, no se deberá tocar, en ningún caso, ni desplazarlo, dejándolo intacto tal y como se ha encontrado hasta que vengan a inspeccionarlo.

Respecto a los elementos arbóreos existentes, trasplantar en la medida de lo posible los árboles existentes más viables en las nuevas barreras perimetrales o en las áreas de las parcelas no dedicadas al parque fotovoltaico. Asimismo, se plantará el mismo número de árboles que se hayan eliminado, en el resto de hectáreas. En el seguimiento del plan de vigilancia ambiental se concretará la descripción de las medidas llevadas a cabo en este sentido.

En caso de que los condicionados y obligaciones relacionadas con el punto anterior se cumplan en fincas distintas de la afectada por el proyecto, se adoptarán las medidas adecuadas para garantizar su vinculación con el proyecto con las pertinentes inscripciones registrales. Las obras se realizarán fuera de la época de riesgo de incendios y se tomarán las medidas establecidas en el Decreto 125/2007, de 5 de octubre, por el que se dictan normas sobre el uso del fuego y se regula ejercicio de determinadas actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendios forestales, en concreto el artículo 8.c.

Se prohíbe la quema de rastrojos y restos de vegetación que puedan generarse durante los desbroces en las diferentes fases del proyecto (construcción y explotación). Los restos vegetales deberán llevarse a instalaciones que puedan aprovecharlo para hacer compost o ser recogidos por empresas que realicen esta valorización. La limpieza de los paneles fotovoltaicos debe realizarse, en la medida de lo posible, "en seco", sin uso de agua, con el fin de ahorrar este recurso, y si no fuera posible, que sea con agua regenerada. En caso de tener que utilizar productos químicos, se recogerá y reutilizará la totalidad del producto contaminante utilizado en cada panel.

Para mejorar la integración paisajística se mantendrán en la medida de lo posible los elementos etnológicos existentes (paredes de piedra). Se deben cumplir los condicionantes propuestos en el informe conjunto del Servicio Técnico de Urbanismo y del servicio de Ordenación del Territorio del CIM referentes a la integración paisajística: «Es necesario incorporar a las edificaciones destinadas a centros transformadores las condiciones recogidas en la Norma 22 del PTIM referentes a la integración paisajística y ambiental, siempre que sea técnicamente viable, para reducir la apariencia industrial de las edificaciones, mejorando así su integración paisajística en el entorno cercano.

El proyecto consiste en la instalación de un parque fotovoltaico para la producción de 32.293 MWh/año, conectado a la red para su distribución y venta. La empresa promotora es ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L. La planta FV se ubica en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690 del Término Municipal de Inca.

La instalación se compone de 32.910 paneles solares bifaciales de 650 Wp. La suma total de las potencias es de 21,39 MWp y la suma de potencias de los inversores será de 21,715 MWp. La capacidad de acceso concedida al parque es de 25 MW. Se estima una producción anual de 32.293 Mwh/año.

La superficie total de la parcela en la que se pretende desarrollar el proyecto es de 438.054 m2. Sin embargo, las placas fotovoltaicas no ocuparán la totalidad de este espacio, sino que la ocupación será de 185.700 m2, que equivale al 42,62% de la superficie de las tres parcelas. El suelo es de clase rústica según el catastro. El PTIM considera la zona como SRG (Suelo Rústico de Régimen General), de Área de Planeamiento Coherente Supramunicipal (SRG-2) en relación con el planeamiento vigente en el municipio de Inca. Las superficies afectadas y la referencia catastral serían:

- Polígono 7, Parcela 235, Ref. Cad. 07027A007002350000XW, superficie afectada 51.628 m2.

- Polígono 7, Parcela 659, Ref. Cad. 07027A007006590000XL, superficie afectada 135.559 m2.

- Polígono 7, Parcela 690, Ref. Cad. 07027A007006900000XY, superficie afectada 50.867 m2. La subestación eléctrica colectora-elevadora Son Vivot está ubicada en una de las parcelas del parque, más concretamente en el polígono 7, parcela 235.

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Manuel Rosas Serra
Esperemos que sea una realidad palpable en el tiempo establecido